La otra reforma mejora la rentabilidad de los Certificados de Inversión Previsional, esta provocó críticas de parte de algunos diputados porque el incremento a la rentabilidad de los Certificados de Inversión Previsional los paga el gobierno central y esta reforma se aprobó sin consultar al Ministerio de Hacienda.
La Asamblea Legislativa reformó el artículo 79 del Decreto Legislativo n° 787, de fecha 28 de septiembre de 2017, correspondiente a las Disposiciones Transitorias en cuanto al Anticipo de Saldo; asimismo, los parlamentarios avalaron una enmienda a las Disposiciones Transitorias para la Sustitución de Certificados de Inversión Previsionales, emitidas mediante Decreto Legislativo n° 789, de septiembre 2017.
Con la primera enmienda al decreto 787, será posible que los trabajadores al cumplir los 40 años puedan solicitar el anticipo del 25% de los ahorros de sus pensiones, en el caso de las mujeres podrán hacerlo a cualquier edad.
Según la reforma y, en caso de cumplir con los plazos en el proceso de formación de ley, el beneficio estaría disponible a partir del 15 de mayo de 2021, es decir, que a partir de esa fecha los hombres de 40 años en adelante y las mujeres, sin restricción de edad, podrán acercarse a las AFP a realizar la solicitud. A partir del 1 de marzo del 2022, la edad no será un requisito para acceder al anticipo de saldo.
Con el segundo decreto avalado, se busca que las pensiones tengan más rentabilidad ya que actualmente solo se paga el 1 % de interés; en ese sentido, para los diputados era necesario ampliar el plazo de las características de emisión de los certificados y así mejorar la rentabilidad de las pensiones para que los trabajadores obtengan una pensión justa y digna para su vejez, pero esto no se discutió con el ejecutivo.
Por ello, en el decreto se establece que los intereses de los Certificados de Inversión Previsional (CIP) colocados desde el 2017 al 2021 se mantienen y estos mostraban un incremento cada año, pasando del 2.50 % al 4.0 %.
Sin embargo, en la reforma se determina que los certificados colocados a partir del 2022 devengarán una tasa de interés que no será menor al 4.50%; y a partir de ahí se registrará un incremento gradual que en el 2024 será a 5.00 %; en el 2025, a 5.25 %; en el 2026, a 5.50 % hasta que, a partir del 2027 hasta su vencimiento, los CIP tendrán una rentabilidad que no será menor al 5.75 %.