Un 70% de la población que no es sujeto a créditos, debido a que los bancos o negocios les han colocado una mala calificación financiera —a partir de la información que les venden las agencias que manejan datos crediticios de la ciudadanía— se beneficiará con las reformas a la Ley de regulación de los servicios de información sobre el historial de crédito de los salvadoreños.
Este 30 de julio, tras escuchar a los diferentes actores privados y gubernamentales involucrados en el tema, los diputados de la Comisión Financiera de la Asamblea Legislativa emitieron un dictamen favorable para que se modifiquen 20 artículos de la normativa y se elimine uno. Este acuerdo será llevado al pleno, luego de las vacaciones agostinas, para ser sometido a votación.
“Hemos dado un paso hacia esa justicia financiera que queremos alcanzar. Esto va a beneficiar al pueblo salvadoreño en general, pero más a quienes han estado excluidos del sistema financiero a causa de tener un mal récord crediticio, por la mala comunicación entre el agente económico y la empresa de datos que no ha actualizado la información”, expresó la presidenta de la Comisión legislativa, Dania González.
Las reformas, que fueron propuestas por Nuevas Ideas y acompañadas por el resto de fracciones, permitirán acabar con los abusos que históricamente han cometido Equifax Centroamérica, S.A. de C.V., Transunión El Salvador, S.A. de C.V. e Información de Referencias Crediticias en Red, S.A. de C.V. (INFORED) en complicidad con algunos diputados de las legislaturas pasada.
Además, se generarán una mayor inclusión financiera, pues las personas podrán acceder a diferentes créditos formales para mejorar su calidad de vida. Quienes actualmente no pueden aspirar a un crédito de este tipo deben recurrir a los usureros, es decir a personas que prestan dinero a excesivas tasas de interés. Esta es una práctica que también podrá combatirse con los cambios en la ley.
Los ciudadanos que ya saldaron su deuda con la banca o las casas comerciales, pero mantienen una baja nota porque su información no ha sido actualizada de manera oportuna por los burós de información crediticia también se favorecerán.
Con las modificaciones que se realicen, quedará establecido que los agentes económicos (negocios o bancos) podrán consultar los datos negativos de los consumidores o clientes del sistema de información de créditos correspondiente a los últimos tres años (y no desde hace 10, como se hace actualmente) contados a partir de la fecha de la consulta.
Asimismo, los datos sobre historial de crédito de los consumidores deberán ser exactos y tendrán que ser actualizados cada 15 días para que reflejen la situación real del consumidor.
Los legisladores han señalado que hay con la normativa que está vigente una persona espera entre tres y nueve meses para que su historial crediticio sea puesto al día. Con los cambios quedará establecido que una vez que el ciudadano cancele un crédito los comercios estarán obligados a extender un finiquito en un plazo de 24 horas y de reportar eso a los burós para que actualicen los datos en el sistema.
Además, los consumidores tendrán derecho a conocer la información que manejen sobre ellos los agentes económicos y las agencias de información de datos. Por eso estas empresas deberán contar con centro de atención al cliente en los 14 departamentos del país. Dichos establecimientos deberán estar en un lugar céntrico y de fácil acceso para que se pueda brindar atención los siete días de la semana.
Las compañías deberán implementar mecanismos tecnológicos que contribuyan a facilitar el acceso a la información y que sean amigables con el usuario a efecto de que pueda tener acceso en tiempo real a consultas de su historial crediticio.
“Nunca una Comisión Financiera había querido regular a estas empresas de historial crediticio. Siempre se iban en propuestas que nunca lograban dictamen favorable para hacer reformas que iban a beneficiar a la población; para no existían acuerdos”, criticó el diputado Caleb Navarro.
Más facultades para instituciones fiscalizadoras
Los cambios en la Ley de regulación de los servicios de información sobre el historial de crédito de los salvadoreños también le darán más competencias a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), al Banco Central de Reserva (BCR) y a la Defensoría del Consumidor (DC) para que tengan mayores herramientas jurídicas, que en el pasado no se existían, y puedan fiscalizar las actuaciones de las agencias de datos y sancionarlas cuando incumplan la normativa.
“Con ello podrán hacer auditorías de manera oficiosa a los agentes económicos y tendrán un mínimo y un máximo de sanciones para determinar si deben ser cerradas estas empresas”, dijo la diputada González.
En cuanto a las sanciones, se considerarán faltas graves cuando los burós de información crediticia utilicen modelos de contratos no autorizados o distintos a los dispuestos en la Superintendencia del Sistema Financiero. Asimismo, registrar en sus bases de datos información no requerida en la normativa.
A los agentes económicos se les impondrán sanciones graves si desatienden las solicitudes del consumidor de acceso, rectificación, modificación o cancelación de datos personales. También si manejan datos personales de los consumidores para fines que no estén relacionados con el objeto para el cual se recopilaron, conforme lo establece la ley; si mantienen la información de los consumidores en lugares inseguros y si obstaculizan el ejercicio de la función inspectora de las autoridades competentes.
También se considerarán faltas muy graves obtener datos en forma fraudulenta o engañosa o sin la debida autorización del consumidor y la fuga de información de la base de datos, a causa de la falta de diligencia del agente económico o la agencia de información de datos en la aplicación de los controles internos correspondientes.
Las infracciones graves se castigarán con multas desde los 40 salarios mínimos hasta los 400 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios; y hasta 600 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios, si la afectación es a intereses colectivos.
Cuando se incurran en infracciones muy graves se pondrán multas de entre 80 y 800 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios; y hasta 1,000 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios si la afectación es a intereses colectivos.