El es del caso que inicio el abogado Enrique Anaya en contra de Nancy Marichel Díaz de Martínez, quien según Anaya estaba promoviendo públicamente la reelección presidencial y por eso merecía las sanciones que establece la Constitución; es decir, pérdida de derechos políticos.
Los magistrados de la Sala destituido por el oficialismo aceptaron la demanda e iniciaron el proceso pero no hubo resolución, fueron los nuevos magistrados lo que determinaron que no hay suficientes méritos para proceder a sancionar a la demandada.
En su resolución, la nueva Sala incluye un inciso que dice "Ordénese al Tribunal Supremo Electoral dar cumplimiento a la presente resolución en lo relacionado a permitir de conformidad con el artículo 152 ordinal 1° que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido Presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión".
Esto despertó especulación entre sectores de oposición que anuncian que se trata de un falló que permitiría al presidente Nayib Bukele presentarse para una reelección inmediata; sin embargo, el fallo claramente manda a actuar de conformidad con lo que establece el artículo 152-1, mismo que no ha sido cambiado y que aún prohíbe la reelección inmediata.
Algunos expertos señalan que el fallo tiene una redacción "maliciosa", pero no llega a contradecir la Constitución y destacan que la verdadera anomalía está en descargar en el TSE la responsabilidad de interpretar la letra de la carta magna cuando es precisamente la Sala la que tiene mayor responsabilidad en eso.
Sin embargo, también se destaca que la sociedad en general debe estar siempre atenta a los abusos de poder los gobernantes y denunciar toda medida o decisión que sea contraria la democracia que los salvadoreños aún están construyendo.