La Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa propuso hacer cambios al artículo 259 del Código Penal para que se puedan incorporar y producir como evidencia digital en los procesos judiciales los mensajes electrónicos, imágenes, videos, datos y cualquier tipo de información que sea almacenada, recibida o transmitida a través de cualquier dispositivo electrónico.
De acuerdo a los diputados, la incorporación de la evidencia digital permitirá prevenir delitos como la estafa, pedofilia, extorsión o la clonación de identidad.
La iniciativa fue presentada debido no hay reglas específicas para la incautación de la evidencia digital, el ofrecimiento, la admisión y la producción en el proceso penal, lo que impide que pueda usarse adecuadamente.
La reforma establece que deberá participar un perito informático que haya intervenido en la obtención, resguardo o almacenamiento de la información. La evidencia digital será confiscada por la Policía Nacional Civil y la Fiscalía General de la República.
Los diputados explicaron que la producción de la evidencia digital podrá ser realizada en el proceso penal mediante el uso de cualquier método y recurso tecnológico internacionalmente aceptado.
Asimismo, durante la investigación de un hecho delictivo se podrá ordenar la realización de operaciones encubiertas digitales, las cuales serán autorizadas por el Ministerio Público y las realizarán los agentes de la Policía.
Ambas instituciones podrán suscribir acuerdos con entes públicos o privados, con sede en otros países, que le permitan recibir y documentar noticias criminales del cometimiento de delitos informáticos.