En la sesión plenaria extraordinaria número dos, con 81 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la suspensión por tres meses del arancel originado del Fondo de Estabilización Económica (FEFE), un impuesto de guerra que se incluye en los precios de la gasolina ($0.16 por cada galón).
Otra de las medidas admitidas por los legisladores, y bajo el mismo lapso, es el no pago de los $0.10 por galón de combustible que se aplica a la compra de este insumo, ante la Compensación Económica y Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros (COTRANS).
Dependiendo de cómo evolucione la inflación mundial, el plazo de esta última iniciativa podría ser ampliada, con el fin de priorizar el bienestar de los salvadoreños. Con las dos aprobaciones se estará suprimiendo de manera inmediata un total de 26 centavos al precio de los combustibles.
Sanciones para quienes alteren el volumen y precio de los derivados del petróleo
La Ley Transitoria para Sancionar Infracciones a la Comercialización de Productos Derivados del Petróleo, fue aprobado con 76 votos.
El Código determina que, por acaparamiento, la sanción es de 3 a 5 años de cárcel; por venta de precio superior, de uno a tres años; uso de pesas o medidas alteradas, de uno a tres años; competencia desleal de seis meses a dos años.
Queda establecido en la iniciativa que quienes se dediquen a la comercialización de los productos derivados del petróleo deberán respetar el precio máximo de venta del GLP en cilindros portátiles, de uso doméstico, establecidos por el Ministerio de Economía (MINEC).
El incumplimiento de los dos puntos anteriores hará acreedora a la empresa de sanciones administrativas, que consisten en multas que van desde los 500 salarios mínimos hasta los $10 mil.
Exoneración de aranceles para productos básicos
También los diputados aprobaron con 74 votos, la Ley Especial Transitoria para el Combate de la Inflación de Precios de Productos Básicos, enviada por el Presidente de la República, Nayib Bukele.
Los productos exentos de impuesto sobre la importación son los aceites y mantecas, arroz, azúcar, cebollas, chiles, fertilizantes, frijol negro, frijol rojo, harina de maíz, harina de trigo, leche fluida, maíz amarillo, maíz blanco, naranjas, papas, plátanos, repollo, tomates, trigo en cereal y alimentos para animales.